jueves, 16 de diciembre de 2010

CUANDO LA DESFACHATEZ ROZA LA ILEGALIDAD, DIARIO DEL PDM


Como ya hemos denunciado por activa y por pasiva desde esta Sección Sindical, el PDM Alcorcón nunca ha sido un ejemplo ni modelo de gestión. Han pasado Concejales, Gerentes, luego llamados Directores Generales, a tal velocidad, que difícilmente han podido desarrollar un plan de futuro, si lo tenían. En los últimos seis años: tres Concejales/a, dos Gerentes  y dos Directores/a Generales, Director Técnico al margen. ¡Que vértigo!
En estos años unos lo han hecho mejor y otros peor, unos han sido más próximos a los trabajadores y otros menos, pero la irracionalidad, que se ha instaurado actualmente jamás la hemos conocido.
¿Qué crédito puede tener una persona que según sus propias palabras es “más partidario de convencer que de vencer”, afirmación que compartimos plenamente, cuando sus actuaciones diarias son totalmente contrarias?
Sólo en las últimas semanas se ha concluido la apertura seis expedientes a diferentes trabajadores –a la Coordinadora de Aire Libre, a dos monitores E.F. del mismo departamento –dos de ellos archivados por no apreciar falta por parte de la instructora y el otro con una sanción de 5 días de empleo y sueldo- Se han llegado a firmar tres Resoluciones por parte del señor Concejal solicitando tres nuevos expedientes ,solo en el mes de noviembre, incluido al presidente del Comité de Empresa, que también se han archivado, pero la irracionalidad no acaba ahí, no. Otro a un encargado de mantenimiento, al que se le ha comunicado pese a encontrarse de baja, lo cual es significativo, y otro a la Coordinadora de Actividades Acuáticas por presuntas faltas recogidas en Convenio. Expedientes que la instrucción de los mismos dictaminará  si son merecedores de sanción o de su archivo.
Hasta aquí todo perfecto, para eso tenemos un Régimen Disciplinario en el Convenio Colectivo y demás leyes de rango superior incluida nuestra Constitución.
Lo que no podemos compartir, ni mucho menos amparar, son comportamientos que rozan la ilegalidad, presuntamente,  por ser contrarios a estas mismas leyes.
El artículo 14 de la C. E. dice: Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Nuestro Convenio Colectivo en su artículo 92.- Procedimiento sancionador dice: El procedimiento se iniciará siempre por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de un trabajador/a o denuncia sindical.

De iniciarse como consecuencia de petición razonada o de denuncia, deberá darse a conocer al denunciante el estado de tramitación del procedimiento así como de su resolución.

Si todos somos iguales ante la Ley, y el Convenio dicta que ha de iniciarse procedimiento por petición razonada de trabajador o denuncia sindical, alguien está incumpliendo la Ley, pues en los últimos años  se han solicitado la apertura de expedientes –en concreto cinco- por diferentes motivos y personas –trabajadores, Comité de Empresa y Sección Sindical de UGT- en la persona del Director de Instalaciones del PDM y a día de hoy no se ha concluido o instruido ninguno de ellos.
Motivo por el cual la Inspección de Trabajo de Madrid, primero requirió (09/07/09) y luego sancionó, extendiendo Acta de Infracción por valor de 3.150 € (15/01/10), a la dirección del PDM.
Meses después, estos expedientes siguen tramitándose en el cajón del olvido -esperando que prescriban suponemos- y  ninguno de los denunciantes conocen el estado de tramitación, ni de su resolución, como indica el propio Convenio.
Mientras tanto, en función de las atribuciones que confieren a la Presidencia, los Estatutos del O.A. Patronato Deportivo Municipal de Alcorcón, así como la restante normativa vigente y que fueron delegadas a la Vice-Presidencia, mediante Decreto nº 575/2008 de 29 de octubre y 76/2009 de 24 de marzo se viene a resolver la incoación del resto de expedientes, pero curiosamente los referidos al Director de Instalaciones no, desobedeciendo el requerimiento de la Inspección de Trabajo, lo que ha motivado que los responsables de la Concejalía fueran citados el pasado día 28 de octubre en la Inspección de Trabajo y una más que probable nueva sanción, que pagaremos entre todos/as los contribuyentes.
Curiosa interpretación de la Ley y lamentable ejemplo para alguien que debería ser el primer interesado en que ésta se cumpliera, por su condición de máximo responsable de la Concejalía y de cargo público, y que además, presuntamente, roza la ilegalidad.
Quede claro que en ningún caso solicitamos que se sancione a ningún trabajador, que no lo merezca, ni que se amparen conductas contrarias al régimen disciplinario, si estas se demuestran, a los hechos nos remitimos. Lo que sí exigimos es que se aplique el mismo rigor en la investigación e incoación de expedientes ante todas las denuncias presentadas, sea quien sea el presunto infractor.
Lo contrario tiene un nombre muy feo, está considerado ilícito penal y es una autentica desfachatez, desautorizando frente a la opinión pública, trabajadores etc. a aquellos ¿responsables? que consienten este tipo de actitudes contrarias a Derecho y que incumplen lo recogido en nuestra Carta Magna, TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY, menos en el PDM Alcorcón.
Continuará…… probablemente en los juzgados.